Resumen
El presente artículo estará centrado en el análisis de la denominada “interpretación prejudicial” y en la eventual facultad de los tribunales arbitrales de solicitar esta, ya sea al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA) o al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En consecuencia, este estudio será netamente comparativo; es decir, se incluirán paralelos entre los regímenes andino y europeo. El citado estudio será efectuado a la luz de la sentencia emitida en el proceso 03-AI-2010, en la cual el TJCA decidió incluir en los alcances del concepto “juez nacional” –obligado a solicitar la interpretación prejudicial– a los tribunales arbitrales, al ejercer estos funciones jurisdiccionales, plausibles de encontrarse sujetas al alcance de dicho instrumento.
| Idioma original | Español |
|---|---|
| Páginas (desde-hasta) | 103-123 |
| Publicación | Revista de Economía y Derecho |
| Volumen | 9 |
| N.º | 35 |
| Estado | Publicada - 2012 |
| Publicado de forma externa | Sí |
Palabras clave
- Arbitraje
- Tribunales
- Comunidad Andina