Ineficacia de estipulaciones en contratos nominados: Artículo 1399

Manuel Muro Rojo, Henry Huanco Piscoche

Producción científica: Capítulo del libro/informe/acta de congresoCapítulo de librorevisión exhaustiva

Resumen

En los contratos nominados celebrados por adhesión o con arreglo a cláusulas generales de contratación no aprobadas administrativamente, carecen de eficacia las estipulaciones contrarias a las normas establecidas para el correspondiente contrato, a no ser que las circunstancias de cada contrato particular justifiquen su validez.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no es de aplicación cuando las partes se hubieran sometido a un reglamento arbitral. (*)
(*) Párrafo adicionado según modificatoria introducida por el Código Procesal Civil (D.Leg. N" 768), cuyo Texto Único Ordenado fue autorizado por R.M. N" 010-93-JUS de 23-04-93.
Idioma originalEspañol
Título de la publicación alojadaCódigo civil comentado por los 100 mejores especialistas
Subtítulo de la publicación alojadaContratos en general
Lugar de publicaciónLima
Capítulo49
Páginas362-366
Volumen7
EstadoPublicada - 2004

Citar esto