Excepción de saneamiento: Artículo 1527

Manuel Muro Rojo, Henry Huanco Piscoche

Producción científica: Capítulo del libro/informe/acta de congresoCapítulo de librorevisión exhaustiva

Resumen

Si el transferente entabla acción judicial destinada a enervar cualesquiera de los derechos sobre el bien que corresponden al adquirente en virtud del contrato, tiene este la facultad de deducir la excepción de saneamiento, cuyo objeto es poner definitivamente fin al juicio.
Idioma originalEspañol
Título de la publicación alojadaCódigo civil comentado por los 100 mejores especialistas
Subtítulo de la publicación alojadaContratos en general
Lugar de publicaciónLima
Capítulo172
Páginas993-999
Volumen7
EstadoPublicada - 2004

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