Resumen
Si el transferente entabla acción judicial destinada a enervar cualesquiera de los derechos sobre el bien que corresponden al adquirente en virtud del contrato, tiene este la facultad de deducir la excepción de saneamiento, cuyo objeto es poner definitivamente fin al juicio.
| Idioma original | Español |
|---|---|
| Título de la publicación alojada | Código civil comentado por los 100 mejores especialistas |
| Subtítulo de la publicación alojada | Contratos en general |
| Lugar de publicación | Lima |
| Capítulo | 172 |
| Páginas | 993-999 |
| Volumen | 7 |
| Estado | Publicada - 2004 |