Abstract
En los contratos celebrados por adhesión y en las cláusulas generales de contratación no aprobadas administrativamente, no son válidas las estipulaciones que establezcan, en favor de quien las ha redactado, exoneraciones o limitaciones de responsabilidad; facultades de suspender la ejecución del contrato, de rescindirlo o de resolverlo; y de prohibir a la otra parte el derecho de oponer excepciones o de prorrogar o renovar tácitamente el contrato. (*)
(*) Texto según modificatoria introducida por el Código Procesal Civil (D.Leg. N° 768). cuyo Texto Único Ordenado fue autorizado por R.M. N° 01 0-93-JUS de 23-04-93.
(*) Texto según modificatoria introducida por el Código Procesal Civil (D.Leg. N° 768). cuyo Texto Único Ordenado fue autorizado por R.M. N° 01 0-93-JUS de 23-04-93.
| Original language | Spanish |
|---|---|
| Title of host publication | Código civil comentado por los 100 mejores especialistas |
| Subtitle of host publication | Contratos en general |
| Place of Publication | Lima |
| Chapter | 48 |
| Pages | 354-361 |
| Volume | 7 |
| State | Published - 2004 |
UN SDGs
This output contributes to the following UN Sustainable Development Goals (SDGs)
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SDG 16 Peace, Justice and Strong Institutions
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SDG 17 Partnerships for the Goals
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